Uno de los sectores que con cada aumento salarial pueden decir que no es lo esperado o lo que reclaman o precisan son el de los militares, prefectos y gendarmes, y en especial la policia asi como los médicos, se verá si el aumento de salario del Gobierno de Macri les alcanza y que se reflejará en la escala salarial de gendarmes y prefectos 2017-2018, ante el aumento de los salarios.
El personal militar y las demás fuerzas disponen de un nuevo salario que se refleja en las escalas salariales 2017-2018 de las fuerzas armadas, a partir del aumento salarial dictado por el Presidente Macri reemplazando a los anteriores aumentos otorgados, el nuevo aumento salarial alcanza a todo el Personal Militar de las Fuerzas Armadas.
Cuánto Aumenta:
El Gobierno Nacional aprobó un aumento salarial del 14,5% al personal militar de las Fuerzas Armadas. Dicho aumento, ya fue oficializado en el Boletín Oficial, cuyo porcentaje se ubica en el rango de inflación prevista por el Gobierno Nacional. El último aumento salarial fue en Agosto 2016.
En el Boletín Oficial quedó publicada la Resolución 171-E/2017 del Ministerio de Defensa, incluyendo una reducción de complementos que los integrantes de las Fuerzas Armadas perciben por “Responsabilidad jerárquica” y por “Administración de material”.
Vigencia del Aumento:
Desde 1 de Abril 2017
Escala Salarial Gendarmes y Prefectos 2017-2018:
Las nuevas escalas, con los aumentos establecen los siguientes rangos salariales:
- Teniente General, Almirante o Brigadier General:
Los puestos más altos en el escalafón militar
Cobrarán por mes a 38.811 antes eran $33.896
- General de División, Vicealmirante, o Brigadier Mayor:
Cobrarán $34.611 antes cobtraban $30.228 desde Septiembre 2016.
- Sargento o Cabo Principal:
Cobrarán 12.294 pesos
- Cabo Primero:
Cobrará 11.065
- Cabo o Cabo Segundo:
Pasará a cobrar $10.241
- Voluntario de 1ra o Marinero 1ra:
Cobrarán $9.328
- Voluntario de 2da. o Marinero de 2da:
Cobrarán $8.713.
Según la Resolución: “Resulta necesario fijar una escala de haberes para el personal militar de las Fuerzas Armadas que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad”.
MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución 171-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 24/02/2017
VISTO el Expediente del registro del MINISTERIO DE DEFENSA EX-2017-02784060- -APN-JGA#MD, la Reglamentación del Capítulo IV -Haberes- del Título II de la Ley para el Personal Militar N° 19.101, aprobada por Decreto N° 1081 de fecha 31 de diciembre de 1973 y sus modificatorios; y,
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario fijar una escala de haberes para el personal militar de las Fuerzas Armadas que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad.
Que en tal entendimiento resulta procedente fijar los importes del “Haber Mensual” del Personal Militar; modificando así las escalas salariales aprobadas por el Decreto N° 1305 de fecha 31 de julio de 2012 y sus modificatorios.
Que, con motivo de la recomposición del “Haber Mensual” resultante de la nueva escala, resulta asimismo necesario rever la pertinencia y significación de los suplementos particulares que percibe el personal militar en virtud de la reglamentación citada en el VISTO.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO ha tomado la intervención que le corresponde.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3°, inciso g), apartado 1) del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985.
Por ello,
EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Fíjase el “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas, conforme los importes, que para las distintas jerarquías, se detallan en el Anexo I (IF-2017-02855806-APN-MD).
ARTÍCULO 2° — Sustitúyase, el coeficiente de determinación del “Suplemento por Responsabilidad Jerárquica” aprobado por el apartado d) del inciso 4° del artículo 2405 de la Reglamentación del Capítulo IV -Haberes- del Título II de la Ley para el Personal Militar N° 19.101, aprobada por Decreto N° 1081 de fecha 31 de diciembre de 1973 y sus modificatorios, conforme lo dispuesto por el Anexo II (IF-2017-02855551-APN-MD) de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — Sustitúyase, el coeficiente de determinación del “Suplemento por Administración del Material” aprobado por el apartado e) del inciso 4° del artículo 2405 de la Reglamentación del Capítulo IV -Haberes- del Título II de la Ley para el Personal Militar N° 19.101, aprobada por Decreto N° 1081 de fecha 31 de diciembre de 1973 y sus modificatorios, conforme lo dispuesto por el Anexo III (IF-2017-02855908-APN-MD) de la presente medida.
ARTÍCULO 4° — Determínase que los montos y coeficientes consignados en los Anexos I, II y III adquirirán vigencia a partir del día 1° del mes siguiente a la firma de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución será atendido con los créditos correspondientes a las subjurisdicciones respectivas del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional del MINISTERIO DE DEFENSA.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Julio Cesar Martinez.
ANEXO I
HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR
Grado | Haber Mensual |
Teniente General, Almirante, Brigadier General | $ 38.811 |
General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor | $ 34.611 |
General de Brigada, Contralmirante, Brigadier | $ 31.185 |
Coronel, Capitán de Navío, Comodoro | $ 27.497 |
Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro | $ 23.923 |
Mayor, Capitán de Corbeta | $ 19.124 |
Capitán, Teniente de Navío | $ 16.039 |
Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente | $ 14.344 |
Teniente, Teniente de Corbeta | $ 12.932 |
Subteniente, Guardiamarina, Alférez | $ 11.712 |
Suboficial Mayor | $ 19.648 |
Suboficial Principal | $ 17.466 |
Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante | $ 15.568 |
Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar | $ 13.694 |
Sargento, Cabo Principal | $ 12.294 |
Cabo Primero | $ 11.065 |
Cabo, Cabo Segundo | $ 10.241 |
Voluntario 1ra., Marinero 1ra. | $ 9.328 |
Voluntario 2da., Marinero 2da. | $ 8.713 |
IF-2017-02855806-APN-MD
ANEXO II
SUPLEMENTO POR RESPONSABILIDAD JERÁRQUICA
Grado | Coeficiente |
Teniente General, Almirante, Brigadier General | 0,5220 |
General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor | 0,5184 |
General de Brigada, Contralmirante, Brigadier | 0,5476 |
Coronel, Capitán de Navío, Comodoro | 0,5550 |
Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro | 0,5754 |
Mayor, Capitán de Corbeta | 0,5417 |
Capitán, Teniente de Navío | 0,4897 |
Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente | 0,3841 |
Teniente, Teniente de Corbeta | 0,3887 |
Subteniente, Guardiamarina, Alférez | 0,3740 |
Suboficial Mayor | 0,4545 |
Suboficial Principal | 0,4050 |
Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante | 0,3876 |
Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar | 0,3738 |
Sargento, Cabo Principal | 0,4275 |
Cabo Primero | 0,4288 |
Cabo, Cabo Segundo | 0,4288 |
Voluntario 1ra., Marinero 1ra. | 0,4101 |
Voluntario 2da., Marinero 2da. | 0,4094 |
IF-2017-02855551-APN-MD
ANEXO III
Grado | Coeficiente |
Teniente General, Almirante, Brigadier General | 0,4713 |
General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor | 0,4680 |
General de Brigada, Contralmirante, Brigadier | 0,4884 |
Coronel, Capitán de Navío, Comodoro | 0,4950 |
Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro | 0,5132 |
Mayor, Capitán de Corbeta | 0,4946 |
Capitán, Teniente de Navío | 0,4565 |
Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente | 0,3674 |
Teniente, Teniente de Corbeta | 0,3718 |
Subteniente, Guardiamarina, Alférez | 0,3570 |
Suboficial Mayor | 0,4325 |
Suboficial Principal | 0,3600 |
Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante | 0,3420 |
Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar | 0,3478 |
Sargento, Cabo Principal | 0,4104 |
Cabo Primero | 0,4113 |
Cabo, Cabo Segundo | 0,4113 |
Voluntario 1ra., Marinero 1ra. | 0,3926 |
Voluntario 2da., Marinero 2da. | 0,3916 |
IF-2017-02855908-APN-MD
e. 07/03/2017 N° 12336/17 v. 07/03/2017
Escala Salarial Personal Militar 2012-2017:
Luego del anuncio del Presidente Mauricio Macri en el acto por el Día del Ejército, el Gobierno oficializó en el Boletín Oficial, el decreto 716/2016 con las firmas de Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, el aumento salarial a gendarmes y prefectos.
Se trata de un reajuste salarial del 9%, superando por la pauta otorgada
Sueldos en Gendarmería:
Desde 7600 pesos (para el cargo de gendarme II)
Hasta $ 24.333,9 (comandante general)
Sueldos en Prefectura:
Un marinero pasará a cobrar 7931,8 pesos
Un prefecto general, pasará a ganar $24.333,9
Además de actualizarse los nuevos montos suplementarios.
Desde Cuando Rigen los Aumentos:
Los nuevos haberes rigen desde ahora.
Cuando Rige la Suba Salarial: Escalas Salariales 2016
El Gobierno Nacional de Macri además del traspaso de la Federal, también aumentó los sueldos para militares, gendarmes, prefectos y policías para 2016 a partir de dos decretos en el Boletín Oficial que establecen las subas salariales:
Las nuevas escalas salariales 2016, regirán:
Desde el 1° de Junio
Desde el 1° de Agosto
Que Fuerzas Tienen Aumento Salarial:
-Fuerzas Armadas
-Gendarmería
-Prefectura
-Policía Federal
-Policía de Seguridad Aeroportuaria
El decreto 967/2015, en el Boletín Oficial establece que:
“resulta necesario fijar una escala de haberes” para el personal militar de las Fuerzas Armadas y para el personal de la Policía de Establecimientos navales “que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad”.
El decreto 968/2015, en el Boletín Oficial, establece que:
Es “necesario actualizar las escalas salariales vigentes y modificar las asignaciones correspondientes a determinados suplementos particulares” para “reconocer y mantener una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que la correcta ejecución de la actividad de los integrantes de las fuerzas de seguridad y cuerpos policiales requiere”.
Actualización Escalas Salariales:
Dicha actualización será desde el 1° Junio y el 1° Agosto.
Dichos decretos, fueron firmados por la EX-presidenta Cristina Kirchner, del EX-jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y de los EX-ministros de Defensa, Agustín Rossi, y de Seguridad, María Cecilia Rodríguez, Sin especificar el promedio de la suba salarial.
-En los anexos establecen que los nuevos haberes mensuales y los nuevos suplementos particulares para cada grado de cada fuerza.
Militares – Decreto 967/2015
Los grados más altos del escalafón como:
Teniente general
Almirante
Brigadier general
-Cobrarán desde este mes un haber mensual de $17.824
-A partir del 1° Agosto subirá a $19.342.
-Además de los suplementos, no incluidos en la norma. Si bien dichos beneficios pueden tener aumentos.
Agentes de seguridad – Decreto 968/2015
Los artículos 2° y 4° del decreto establecen los importes de los suplementos particulares “de responsabilidad por cargo”, “por función intermedia”, “por cumplimiento de tareas específicas de seguridad”, “por mayor exigencia del servicio”, “por disponibilidad permanente para el cargo” y “por disponibilidad permanente para la función” que cobran los:
–Gendarmes y prefectos.
El artículo 6° de la norma fija los importes de los suplementos particulares “por servicio externo uniformado” y “apoyo operativo” del:
–Personal de la Policía Federal Argentina.
El artículo 7°, en el decreto 968 fija los importes del “complemento por responsabilidad jerárquica” del:
-Director nacional y Subdirector nacional de la Gendarmería
-Prefecto nacional naval y Subprefecto nacional naval de Prefectura
-Jefe y el subjefe de la Policía Federal.
Los artículos 8°, 9° y 10° sobre la:
-Policía de Seguridad Aeroportuaria
Establece lo importes para el:
-Personal policial
-Personal civil de la fuerza.
La norma establece que, “el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto (…) será atendido” con el presupuesto de la Administración Pública Nacional.
Nuevas Escalas Fuerzas de Seguridad:
-Comandante General de la Gendarmería y Prefecto General de la Prefectura:
Cobrarán un haber mensual de $15.044,80 en Junio
Cobrarán un haber mensual de $ 16.326 en Agosto.
Recibirán un suplemento de $15.262 por disponibilidad para el cargo
Otros Suplementos de $18.579,70 por responsabilidad por el cargo, desde el 1° Junio
De $16.562 y de $20.162,30 desde el 1° Agosto
Totalizando Ingresos por:
-De $48.886,50 en Junio
-De $ 53.050,30 en Agosto.
Comosario General -máxima jerarquía- Policía Federal:
Cobrarán un sueldo de $15.044,80 en Junio
Cobrarán un sueldo de $16.326,30 en Agosto
Además de suplementos por apoyo operativo y por responsabilidad jerárquica, les subirá el salario a $32.904,80 y a $35.707,60, como fija la norma publicada en el Boletín Oficial.
-En otros cargos, los oficiales percibirán adicionales por servicio externo uniformado.
Porcentaje de Aumento 2015:
El aumento no supera el rango de porcentajes de aumentos de las paritarias que pretende el Gobierno Nacional y que recae en las escalas salariales de los gremios oficialistas. El aumento del 27% para toda la Fuerza Armada Argentina y las Fuerzas de Seguridad y para el personal retirado de las mismas.
Pueden consultar la Escala salarial Gendarmeria y Policia
A partir del Decreto 967/2015, publicado el Martes 16 Junio 2015 en el Boletín Oficial, el mismo señala que “resulta necesario fijar una escala de haberes” para el personal militar de las Fuerzas Armadas y para el personal de la Policía de Establecimientos navales de la Argentina y “que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad”.
El Decreto 968/2015, también publicado por la mencionada fecha en el Boletín Oficial, resalta que es “necesario actualizar las escalas salariales vigentes y modificar las asignaciones correspondientes a determinados suplementos particulares” con el objetivo de “reconocer y mantener una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que la correcta ejecución de la actividad de los integrantes de las fuerzas de seguridad y cuerpos policiales requiere”.
Los mencionados decretos, llevan las firmas de la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y los ministros de Defensa, Agustín Rossi , y de Seguridad, María Cecilia Rodríguez.
Fórmula de Pago:
El aumento salarial del 27% y se pagará en dos etapas
Aunque todavía no habia sido especificado el promedio de la suba salarial, en las fuerzas, en total será del 27%, además de figurar en los anexos los nuevos haberes mensuales y los nuevos suplementos particulares para los grados de cada fuerza armada.
A Quiénes les Corresponde Cobrar el Aumento:
Militares
Personal de Gendarmería
Prefectura
Policía Federal Argentina
Policía de Seguridad Aeroportuaria.
El aumento en promedio del 27%, se aplica según la normativa del anexo II del decreto 812/14 que incluye en este beneficio a:
Retirados
Jubilados
Pensionados.
Actualización Escalas Salariales:
Los aumentos serán desde el 1° de Junio y del 1° de Agosto.
Militares – Decreto 967/2015:
Los grados más altos del escalafón: teniente general, almirante y brigadier general
Pasarán a cobrar un haber mensual de $17.824
A partir del 1° de Agosto subirá a $19.342.
A dicho monto se suman suplementos, que no fueron incluidos en la norma. Estos beneficios pueden tener aumentos.
Agentes de Seguridad – Decreto 968/2015:
Los artículos 2° y 4° del decreto fijan los importes de los suplementos particulares
“de responsabilidad por cargo”
“por función intermedia”
“por cumplimiento de tareas específicas de seguridad”
“por mayor exigencia del servicio”
“por disponibilidad permanente para el cargo”
“por disponibilidad permanente para la función”
Percibidos por gendarmes y prefectos, respectivamente.
El artículo 6° de la norma fija los importes de los suplementos particulares
“por servicio externo uniformado”
“apoyo operativo”
Percibido por el personal de la Policía Federal Argentina.
El artículo 7°, el decreto 968 fija los importes de:
“complemento por responsabilidad jerárquica”
Percibido por el:
Director nacional y el subdirector nacional de la Gendarmería
El prefecto nacional naval y el subprefecto nacional naval de Prefectura
El jefe y el subjefe de la Policía Federal.
Los artículos 8°, 9° y 10° se refieren a la Policía de Seguridad Aeroportuaria:
Fijan importes para el personal policial y para el personal civil de esa fuerza.
Según la norma establece, “el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto (…) será atendido” en base al presupuesto de la Administración Pública Nacional.
Nuevas escalas salariales para las fuerzas de seguridad:
-El comandante general de la Gendarmería y el Prefecto general de la Prefectura pasan a tener un haber mensual de:
De $15.044,80 en Junio
De $ 16.326 en Agosto.
A partir del 1° de Junio:
Aumento del suplemento de $15.262 por disponibilidad para el cargo
Otros $18.579,70 por responsabilidad por el cargo
A partir del 1° de Agosto:
De $16.562
De $20.162,30
Totalizará un ingreso de $48.886,50 a partir de Junio
Un ingreso total de $53.050,30 a partir de Agosto.
La máxima jerarquía de la Policía Federal -comisario general-:
Pasa a tener un sueldo de
$15.044,80 en Junio
$16.326,30 en Agosto
Además de suplementos por apoyo operativo y por responsabilidad jerárquica, subirá el salario a:
A $32.904,80
A $35.707,60.
En los demás cargos, los oficiales cobrarán adicionales por servicio externo uniformado.
Aumento en 2014:
El Ministerio de Defensa de Agustín Rossi el año pasado aportaba que los datos de los aumentos en las Fuerzas Armadas para 2014, quedando establecida una nueva escala salarial de las fuerzas armadas publicadas en el Boletín Oficial.
Ademásde aclarar que “ninguno de los incrementos, en promedio, supera el 10% del haber líquido” mediante el Decreto 614/14, este aumento salarial para las Fuerzas Armadas rige desde este mes de Mayo.
Ya en Marzo de 2013 y antes del apriete policial el Gobierno lanzó 2 decretos que oficializaron las escalas de haberes de militares, prefectos y gendarmes. Así se frenaba la situación de queja de los gendarmes y prefectos sobre la composición de sus salarios, teniendo una nueva escala de sus salarios para los gendarmes y prefectos afectados por decreto una disposición del Poder Ejecutivo Nacional el anterior fue el de Julio de 2012, fijando las nuevas escalas salariales.
Aumento Salarial Fuerzas Armadas 2014:
Algo que aclaran sobre la suba del haber básico es del 40% para ciertas categorías, los suplementos salariales influyen achicándolo, el Ministerio de Defensa Agustín Rossi mediante un comunicado, señala que “ninguno de los incrementos, en promedio, supera el 10% del haber líquido”.
Aumento Salarial en Julio:
Desde el Ministerio de Defensa señalan que “con esta medida se prepara el terreno para que el aumento salarial anual, que va a anunciar en julio la presidente Cristina Kirchner en la Cena de Camaradería de las Fuerzas Armadas, impacte más en el bolsillo, puesto que suben los básicos”.
Escala Salarial de los Gendarmes y Prefectos 2014:
Personal Militar, Salario Mensual:
Suplemento por Responsabilidad Jerárquica:
Suplemento por Administración del Material:
Escala Salarial Gendarmes y Prefectos 2013
A | B | C | D |
---|---|---|---|
Normativa | Tipo | GRADO | HABER MENSUAL $ |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | COMANDANTE GENERAL | 7,003 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | COMANDANTE MAYOR | 6,378 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | COMANDANTE PRINCIPAL | 5,651 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | COMANDANTE | 4,521 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | SEGUNDO COMANDANTE | 3,875 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | PRIMER ALFEREZ | 3,229 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | ALFEREZ | 2,987 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | SUBALFEREZ | 2,906 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | SUBOFICIAL MAYOR | 4,501 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | SUBOFICIAL PRINCIPAL | 4,013 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | SARGENTO AYUDANTE | 3,608 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | SARGENTO PRIMERO | 3,278 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | SARGENTO | 3,121 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | CABO PRIMERO | 2,973 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | CABO | 2,831 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | GENDARME | 2,696 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL | GENDARME II | 2,583 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | PREFECTO GENERAL | 7,003 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | PREFECTO MAYOR | 6,378 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | PREFECTO PRINCIPAL | 5651 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | PREFECTO | 4521 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | SUBPREFECTO | 3875 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | OFICIAL PRINCIPAL | 3229 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | OFICIAL AUXILIAR | 2987 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | OFICIAL AYUDANTE | 2906 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | AYUDANTE MAYOR | 4501 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | AYUDANTE PRINCIPAL | 4013 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | AYUDANTE DE PRIMERA | 3608 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | AYUDANTE DE SEGUNDA | 3278 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | AYUDANTE DE TERCERA | 3121 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | CABO PRIMERO | 2973 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | CABO SEGUNDO | 2831 |
Decreto 246/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL EN ACTIVIDAD DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA | MARINERO | 2696 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | TENIENTE GENERAL, ALMIRANTE, BRIGADIER GENERAL | 7350 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | GENERAL DE DIVISIÓN, VICEALMIRANTE,BRIGADIER MAYOR | 7247 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | GENERAL DE BRIGADA, CONTRALMIRANTE, BRIGADIER | 7003 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | CORONEL, CAPITÁN DE NAVÍO, COMODORO | 6378 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | TENIENTE CORONEL, CAPITÁN DE FRAGATA, VICECOMODORO | 5651 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | MAYOR, CAPITÁN DE CORBETA, MAYOR | 4521 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | CAPITÁN, TENIENTE DE NAVÍO, CAPITÁN | 3875 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | TENIENTE PRIMERO, TENIENTE DE FRAGATA, PRIMER TENIENTE | 3229 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | TENIENTE, TENIENTE DE CORBETA, TENIENTE | 2987 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | SUBTENIENTE, GUARDIAMARINA, ALFÉREZ | 2906 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | SUBOFICIAL MAYOR | 4501 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | SUBOFICIAL PRINCIPAL | 4013 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | SARGENTO AYUDANTE, SUBOFICIAL PRIMERO, SUBOFICIAL AYUDANTE | 3608 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | SAREGENTO PRIMERO, SUBOFICIAL SEGUNDO, SUBOFICIAL AUXILIAR | 3278 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | SARGENTO, CABO PRINCIPAL | 3121 |
Decreto 245/2013 | HABER MENSUAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS | CABO PRIMERO | 2973 |
Anteriormente se habían además dado 3 adicionales dependiendo de las tareas que realicen los efectivos, la queja en 2012 era que pretendían $7.000 de básico y que se revieran los haberes dependiendo del cargo de cada uno. Además dicho aumento frenó una próxima protesta de Gendarmería y de la Prefectura Naval realizarían por mejoras salariales, a partir de que el Gobierno Nacioanl elevó en el Boletín Oficial una serie de modificaciones en los haberes mensuales de gendarmes y prefectos quedó en la nada la protesta de las dos fuerzas y del personal militar de las Fuerzas Armadas.
La suba salarial viene vía decreto 246/2013, que mejora la escala de haberes de gendarmes y prefectos, junto a:
-Suplementos de responsabilidad por cargo
-Por función intermedia
-Por cumplimiento de tareas específicas de seguridad
-Por mayor exigencia del servicio.
Esto permite sostener el nivel de jerarquización además de la capacidad, responsabilidad y dedicación respecto a la actividad del personal del estado militar de gendarme o policial de las Fuerzas de Seguridad. Este aumento permite tener una ssutancial mejora en el sueldo de los militares, sube en un 2% el nivel jerárquico y un 21% para gran parte de la suboficialidad de la fuerza, el grado mayor tendrán un salario de ($10 mil).
Así es que, los salarios de los prefectos y gendarmes de los diferentes grados vista la realidad ellos también sufren como cualquiera de los ciudadanos, esto hizo que conocido el decreto del año pasado y antes de este en 2013 llegaran a punto de salir a quejarse nuevamente y que es por lo que se protestaba en el edificio Centinela de Puerto Madero en 2012, además de su situación personal esta se agravó con la firma del decreto 1307/2012, que regulaba la escala de salarios de los efectivos. A lo que hay que agragarle que ya venían de sufrir en el viático, algunos más de la mitad de su sueldo de $6.000 era en negro. El problema era que al ir a cobrar vieron que se les descontó y por ende se les redujo el sueldo por el Decreto 1037.
Dicho Decreto, figuraba en el Boletín Oficial con fecha 31/7 de 2012, el mismo fijaba “resulta necesario fijar una escala de haberes para el personal con estado militar de gendarme en actividad de la GENDARMERIA NACIONAL y con estado policial en actividad de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad”. Con esto se daba un reordenamiento de haberes básicos en cada escalafón, por lo que pasaba a eliminarse los adicionales y las compensaciones desordenadas, también se crearon 4 nuevos conceptos suplementarios, a partir de las tareas y el cargo, estableciendo como de:
-De responsabilidad por cargo
-Por función intermedia
-Por cumplimiento de tareas específicas de seguridad
-Por mayor exigencia del servicio
Escala Salarial 2012:
Por lo que también se hablaba de “errores en la liquidación de sueldos del personal”, en dicho caso un comandante general, que es al máximo cargo que pueden aspirarse dentro del escalafón de Gendarmería, sin los presuntos errores le tocaría ganar de:
Comandante General:
Salario básico bruto ($7.003), además del suplemento de responsabilidad por cargo, po ($13.000), lo que hace un salario global de ($20.003 pesos).
Comandante Mayor:
Salario básico $6.378 y de suplemento unos $11.000, el total sería de ($17.378)
Comandante Principal:
Un salario básico de ($5.651) y ($9.400) de suplemento, un total de ($15.051).Función Intermedia: Salario básico $8.400, si bien no podrán cobrarse conjuntamente.
Suboficial Mayor:
Salario básico de ($3.774), y un adicional por responsabilidad por cargo que llega a ($6.500) o por función intermedia ($5.400). Puede ser un total de ($10.274) o de ($9.174).
Gendarme:
Saalrio básico de ($2.696) junto a ($2700) por tareas específicas de seguridad o un adicional de ($2.200) por mayor exigencia del servicio.Ninguno de estos adicionales se pueden cobrar conjuntamente. El salario total puede ser de ($5.396) o de ($4.896).
Prefectos:
En este caso tiene una escala salarial dependiendo del cargo pero llega a ser similar a la salarial de la Gendarmería.
General:
El salario básico es de ($7.003) y un adicional de($13.000) de responsabilidad por cargo, lo que hace que pueda ganar un total de ($20.003).
Cargo
Intermedio:
Ayudante Mayor:
Puede llegar a ganar un saalrio similar a de un suboficial mayor de la Gendarmería Nacional, y un marinero, y llega a alcanzar al de gendarme, ($2696 + $2.700 o $2.200), dependerá del cargo.
Fuente / Imagen: Infobae